BENEFICIARIO: Socio Titular (En caso que ambos cónyuges fuesen socios, el subsidio corresponderá a uno solo de ellos).
IMPORTE:
Equivalente a Diez (10) Cuotas Sociales al valor de producido el acontecimiento.
REQUISITOS:
◉ Cuota social al día.
◉ Mínimo doce (12) meses consecutivos de antigüedad social.
◉ Presentación credencial/DNI.
◉ Presentación de la Partida/Certificado de Casamiento.
◉ Presentación de comprobante/tickets CBU (opción transferencia bancaria).
◉ Nota de solicitud del subsidio para tramites no presenciales.
PLAZOS DE PRESENTACIÓN INICIO DEL TRAMITE:
Dentro de los noventa (90) días de sucedido el Casamiento, vencido dicho plazo quedará sin efecto el presente beneficio, caducando todo derecho a reclamo.