NOVEDADES:
Este beneficio fue para todos los asociados de la mutual en todas sus categorías, con cobertura de sepelio sin cargo para el grupo familiar primario (cónyuge, hijos menores de 21 años e hijos discapacitados sin límite de edad) y en todo el país; por el cual el socio titular no abonaba cuotas mensuales ordinarias ni extraordinarias, ya que estaba incluido como un “beneficio por el solo hecho de ser socio”, es decir, contenido en la cuota social mensual sin necesitar adhesión ni suscripción alguna, solamente con cuota social al día.
A su vez, es un beneficio/servicio propuesto, ofrecido y brindado por la Dirección de Obra Social (DOS-SPF) con casi idénticas características y destinado a su masa de afiliados que, a la sazón, también son asociados de nuestra mutual.
Lo que implica un beneficio/servicio duplicado para nuestro núcleo aglutinante, motivo por el cual se decidió dejar en suspenso nuestra empresa contratada para tal fin desde el 01/10/2024, incluyendo los posibles asociados adherentes y/o participantes no contenidos en el padrón de la D.O.S.
No obstante a ello Servicios Fúnebres Caramuto Hnos., podrá seguir brindándoles tal Cobertura en forma directa y a través de la mencionada D.O.S.
SERVICIOS FUNEBRES CARAMUTO Hnos.
COMO UTILIZAR la COBERTURA:
Al producirse el fallecimiento, el solicitante del servicio (ya sea el asociado o su familiar) radicado en cualquier ciudad o pueblo del país, deberá comunicarse al:
(011) 4957-2238
(011) 4957-2528
- Servicios Fúnebres Caramuto está a disposición y atiende las 24 horas los 365 días del año.
- Tenga en cuenta que deberá presentar: DNI de la persona fallecida y último recibo de sueldo del socio titular.
Le recordamos que por parte de ésta Mutual no hay reintegro por gastos de sepelio y/o por cualquier concepto relacionado o vinculado al sepelio, utilicen o no el servicio/ beneficio/cobertura aquí descripto.